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AutorRespuesta No: 218877
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Fecha de respuesta: Domingo 10 de Abril de 2011 19:52 2011-04-10 19:52 desde IP: 200.79.138.35
El delito de robo cometido por dependientes se sigue de oficio, esto es si le otorgaron el perdon debe de continuar , la confesion no es prueba plena debe de estar apoyada con otras pruebas como lo es la pericial contable para determinar que extistio la mercancia y que se apropiaron de ella ,si en la averiguacion previa se determino el no ejercicio de la accion penal se determina la consula y archivo y se termina el asunto, la deudas de carater civil no son de caracter penale es posible den carcel, si no tiene bienes no le pueden hacer nada, el suledo no se puede embargar, solamente cuando es por pension alimenticia
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