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  • Consulta : 108731
  • Autor : mascaranegra
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  • Autor
    Respuesta No: 218811

  • mascaranegra
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    (Resumen de Actividades)

    Si hay aval, este es el pagador de la deuda, quien puede a su vez, iniciar en la via de regreso en contra de la sucesiòn; si no hubiara aval,  el propio actor puede promover la via de sucesiòn intestamentaria.