Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 108679
  • Autor : ZETH
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 1438
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7306
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 218753

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Hola consultante, lo que procede es que usted interponga su demanda de reconocimiento de paternidad, lamento decirle que deberá cubrir usted el monto de la prueba de ADN en la cual se corrobore que efectivamente la persona que usted señala es el padre del menor, aquí hay dos posibles soluciones la primera es que usted no gaste en dicha prueba si es que se llega a negar en hacersela el padre del menor aquí la norma jurídica dice que ANTE LA NEGATIVA EXISTE LA PRESUNCIÓN...  o que en efecto quiera  hacerse  y si tenga usted que pagar dicha prueba, al  demandar el reconocimiento de paternidad el menor  contara con los apellidos del padre y por ende queda existente la obligación de ministrar alimentos...  hay muchos casos  como los suyos en donde no hay muchos recursos para costear la prueba de ADN pero crea que si usted hace el esfuerzo, el beneficiado será  para su hijo... valórelo  y decida... saludos