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AutorRespuesta No: 218722
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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Abril de 2011 01:53 2011-04-09 01:53 desde IP: 189.216.178.12
Toda vez que su contrario promovió apelación, el amparo y su revisión y la sentencia quedó intocada, ésta ha quedado firme por ministerio de Ley, lo que procede en relación a su pregunta: ¿qué procedimiento es el que sigue? Lo que sigue es la liquidación de la sentencia incluido los gastos y costas a los que debió de ser condenado su contraria al apelar y no obtener sentencia favorable. No hay necesidad de solicitar la ejecutoria porque se dio por ministerio de Ley, y toda vez que ya es una sentencia firme, lo que procede es LA LIQUIDACIÖN DE LA SENTANCIA y posteriormente el proceso de ejecución, es decir, que puede embargar al demandado por el valor que se determine en el proceso de liquidación sumando los gastos y costas del juicio, incluso el abogado es responsable solidario de esos gastos y costas. Actue ya, no se quede dormido. Tal vez y hasta proceda una acción penal en contra de su contaria y sus abogadetes por intentar acciones improcedente, pero eso se lo dejo a los excelene penalistas q
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