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AutorRespuesta No: 218679
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Abril de 2011 20:00 2011-04-08 20:00 desde IP: 189.217.175.211
Distinguida Verónica
Si usted adeuda dinero desde hace 15 años, desde luego, y si usted es una persona honrada, que no está mermada de ánimo de bien, debe pagarlo con los intereses generados, tal vez esta persona pueda demandarle y usted oponer excepciones y defensas como puede ser la prescripción del crédito.
Pero con eso usted exhibiría una conducta ilícita, con la independencia que proceda o no el delito o el cobro de los títulos de crédito, usted tiene la obligación de pago.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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