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  • Consulta : 108619
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 218679

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguida Verónica

    Si usted adeuda dinero desde hace 15 años, desde luego, y si usted es una persona honrada, que no está mermada de ánimo de bien,  debe pagarlo con los intereses generados, tal vez esta persona pueda demandarle y usted oponer excepciones y defensas como puede ser la prescripción del crédito.

    Pero con eso usted exhibiría una conducta ilícita, con la independencia que proceda o no el delito o el cobro de los títulos de crédito, usted tiene la obligación de pago.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx