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AutorRespuesta No: 220035
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2011 19:22 2011-04-18 19:22 desde IP: 189.142.246.98
marilicha: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Concordando con los comentarios de mi colega raulcadena (saludos). Además agrego lo siguiente (sin quitar valor alguno al comentario anterior, aclaro), lo que su ABOGADO le comentó DESGRACIADAMENTE no es la realidad, ya que su "ABOGUEITOR" no conoce la materia.
Efectivamente, en el año de 1992 se DESCENTRALIZARON muchas dependencias públicas, como lo es en su caso. Bueno entonces al ocurrir la comentada DESCENTRALIZACION, en la misma existe una CLAUSULA (aclaro, de diferente texto en cada Estado, pero al fin tiene los mismos alcances) y que a la letra dice "QUE SE CONTINUARAN RESPETANDO LOS DERECHOS ADQUIRIDOS POR LOS TRABAJADORES QUE SE TRASFIERAN AL SERVICIO DE SU PODERDANTE.............Sic."
Por lo tanto, y por lo que le acabo de comentar, si usted laboro TREINTA AÑOS le corresponderían TRESCIENTOS SESENTA DIAS de Prima de Antigüedad, así que tiene el derecho a que le paguen las diferencias que no le pagaron, a usted y a todos sus compañeros, pueden VOLVER A DEMANDAR, esas diferencias.
El SUPUESTO DOCUMENTO que el ABOGUEITOR les enseñó no tiene NINGUNA validez.
Ahora bien, le quedan dudas? Contácteme, y con gusto le podré seguir auxiliando, visite mi "OFICINA VIRTUAL" que es el portafolio café que aparece en mi respuesta, a un lado de mi nombre. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! ! !
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