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  • Consulta : 108516
  • Autor : FRANCISCOANGEL
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  • Autor
    Respuesta No: 218963

  • FRANCISCOANGEL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado colega:

    Le indico lo establecido por el artículo 1 de la LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO que por si solo se explica:

    Artículo 1o.- La presente Ley es de orden público y observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular el servicio de banca y crédito, la organización y funcionamiento de las instituciones de crédito, las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar, su sano y equilibrado desarrollo, la protección de los intereses del público y los términos en que el Estado ejercerá la rectoría financiera del Sistema Bancario Mexicano.

     

    Atentamente