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  • Consulta : 108488
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 228588

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

     Con la reserva del caso y con la poca información que usted aporta, le comento que en vez de escriturar a nombre de la señora directamente puede escriturarse al nuevo dueño, por lo que puede ofrecerlo en venta y en vez de escriturarlo a la señora o a usted escritúrelo al nuevo comprador, y se ahorra dinero toda vez que los gastos de escritura corren por cuenta del comprador y los impuestos de enajenación que corresponden a la señora si ella comprueba que ha habitado el inmuebleestá exenta del Impuesto sobre la renta y del Impuesto al valor agregado en términos del artículo 109 de la Ley del impuesto sobre la renta

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx