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  • Consulta : 108482
  • Autor : wofito2088
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    Respuesta No: 219286

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En cualquiera de las dos leyes esta protegido el trabajador para hacer valer sus derechos y reconocimentos de los mismos al registrase en la continuacion voluntaria, y en este aspecto es mas su beneficio en la ley 97,ya que en esta tiene hasta cinco años despues de la baja y en la 73 unicamente se le otorgaba  doce meses. estando en la continuacion voluntaria con los requisitos que marca la ley se le aplica en su caso los lineamientos del art 221 de la ley del imss 97 en concordancia  con el 197 del texto 73.

    El problema si es para los que pasa el tiempo marcado y no se registran esos si tendran que laborar cierto tiempo y por otra parte la ley del imss 73 en ciertos aspectos tambien es sumamente injusta para los causantes, vamos a suponer que el articulo 18 transitorio congelado en el senado se aprobara, seria justo que infinidad de personas que unicamente cotizaron diez años en el imss al llegar a los sesenta tendrian una pension vitalicia y si vemos que el indice de vida son 78 años tendriamos los ciudadanos que pagar via impuestos 18 años de pensiones a quien nada mas cotizo diez esto no es justo.

    como tampoco lo es quien trabajo digamos veinte años pero no se inscribio ni en la modalidad 40 ni cotizo para un patron pierda todas sus cotizaciones, un simil el caso de los braceros que cooperaron para su seguro por los años de la segunda guerra mundial y hasta ahora a partir de dos años para aca les estan regresando ese ahorro en abonos segun d.o.f.

    saludos  a todos.