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  • Consulta : 108354
  • Autor : mascaranegra
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    Respuesta No: 218572

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En lo penal, ya esta confeso, ya puedes pedir que se consigne a juez.

    En lo civil, tu abogado debe decirte que es lo que sigue, ya que tienen que tener una audiencia conciliatoria, y en materia civil no hay pago de pensiones retroactivas, si no la spediste desde el principio y demostraste que hiciste esos gastos y cuanto es lo que haz erogado hasta la fecha de la presentaciòn de la demanda.

    Si no los pediste en la demanda, se entiende que no los reclamas y que no los necesitas.