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  • Consulta : 108227
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 218260

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, para que proceda tu derecho a la compensación que no podrá ser superior al 50 % del valor de los bienes adquiridos, necesitas acreditar los extremos de la acción dentro de la secuela procesal relativa al convenio de divorcio que anexes, que son: 1) que te hayas casado por seperación de bienes y 2) que durante el matrimonio te hayas dedicado al cuidado del hogar o los hijos.

    Debes demandar el divorcio incausado y en el convenio solicitar la compensación, pero no basta con que quieras, el juez debe de condenar al pago de dicha indemnización a tu ex-cónyuge.