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Fecha de respuesta: Martes 12 de Abril de 2011 14:31 2011-04-12 14:31 desde IP: 189.134.163.130
Estimada Monic.
Ofrezco una disculpa por la tardanza.
Ud. Tiene razón:
Un contrato de promesa de compraventa que contiene los elementos (pago) es en realidad uno de compraventa.
COMPRAVENTA BAJO ASPECTO DE PROMESA DE VENTA.- Las llamadas promesas de venta, en que no se contiene exclusivamente una obligación de hacer sino una de dar, o se entrega la cosa y se paga el precio en su totalidad o en parte, satisfacen los elementos necesarios para la existencia de la compraventa, independientemente de la terminología defectuosa que hubieren empleado las partes.
Quinta Época:
Amparo civil directo 5710/34.-Compañía de Terrenos Mexicanos, S.A.-30 de marzo de 1935.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo civil directo 364/36.-Kondo Isuke.-7 de enero de 1937.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo civil directo 5518/35.-Compañía de Terrenos Mexicanos, S.A.-10 de julio de 1937.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo civil directo 2070/40.-Hernández Rodolfo.-14 de noviembre de 1941.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo civil directo 36/45.-Alfonso Ángel.-17 de enero de 1946.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Apéndice 1917-1995, Tomo IV, Primera Parte, página 116, Tercera Sala, tesis 167.
Por otra parte es totalmente absurdo el argumento siguiente de su contraparte: """"Pero al estilo, esos contratos de promesa de compraventa no estan firmados por el representante legal de la constructora y me alegan que no son validos porque segun ellos quedaron sin efecto cuando se realizo el contrato de compraventa ante notario""""
En primer lugar, recuerde que existe la acción de cumplimiento de contrato, y otorgamiento de escritura (Algunos lo identifican como acción proforma) es decir, en la compraventa de inmueble generalmente se requiere la escritura pública, de manera que cuando ha existido un contrato de compraventa de inmueble y falta la forma, se puede demandar; por otra parte, si la contraparte (sin necesidad de juicio) otorga el contrato en escritura pública, lejos de quedar sin efecto el previo, indica la convalidación y cumplimiento del mismo.
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