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  • Consulta : 108134
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 218161

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    shicamy_5_NR:

    La pensión alimenticia es para ese hijo que es de usted, y será del orden de un 15 a un 20 % de sus ingresos, así entonces, usted debe contestar la demanda aduciendo que usted ignoraba que esa persona estaba casada, pero que ahora ya tiene ese conocimiento, por lo que cita como testigo al marido de dicha mujer, y su demanda debe incluir el domicilio del marido de la fémina, todo ello con la finalidad de dilucidar si el hijo es del marido ó es de usted, pues algunos hechos pueden llevarle a la conclusión de que el hijo es del marido y es nacido dentro de su matrimonio, con lo cual se salvará de pagar la pensión demandada y, en su evento, cabe la posibilidad de que la mujer se desista de su demanda ante el temor del escándalo y pleito con su marido.

    La solución que le propongo tiene tanto fondo jurídico como matices políticos. ..