Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 108124
  • Autor : wofito2088
  • Consultas en Foro: 32
  • Respuestas en Foro: 1416
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6728
  • : 31 %
  • : 68 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 218178

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Habia puesto antes del articulo otro dato pero por alguna causao no salio.

    para incribirse en la continuacion voluntaria, llamada en el imss como modalidad cuarenta debe de hacerlo antes de los cinco años de fecha de baja, y si cubre este requisito podra con el salario que tenia o hasta 25 veces el minimo del D.F. y pagara el 10.075% del registro. si el tiempo ya paso tendra que laborar con un patron bajo los terminos del articulo de la respuesta anterior.