- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 107848
- Autor : nazario
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 277
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6892
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 218049
-
Fecha de respuesta: Lunes 04 de Abril de 2011 21:55 2011-04-04 21:55 desde IP: 201.114.33.101
J. ARMAND
revisa en tu cpc. si se considera esta notificacion que deba de ser en forma personal, y si fuera si y ademas señalaste domicilio para oir y recibir notificaciones ahi tienes para expresar agravios, ademas si la notificacion es por internet y si es valida corre el termino a partir de su publicacion, tienes de donde hechar mano.
saludos.
-
Autor





