Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 107792
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 217732

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si usted quiere realmente ayudar a las dos trabajadoras, no pretenda, desconociendo la materia de derecho labora y su litigio, ser quien lleve a cabo los trámites legales para la tramitación del juicio, pues seguramente, lo que logrará, es hacer que esas personas dejen de recibir lo que legalmente les corresponda.

    Evidentemente, la cuantificación que hicieron en la Junta de Conciliación y Arbitraje, es errónea, y para ello basta señalar que,solamente por concepto de indemnización constitucional, a cada una de las trabajadoras les corresponden $ 6,428.57, sin considerar otros conceptos como prima de antigüead, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, etcétera.

    Que contraten a un abogado especialista en derecho laboral, quien, teniendo la encmienda del juicio, podrá permitirle a usted coadyuvar con él bajo su dirección, lo que le dará la oportunidad de adquirir aprendizale, sin que perjudique a quienes quiere ayudar.