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  • Consulta : 107762
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 217710

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    que es desistir de una instancia....???????

    si ya hubo movimiemto en el proceso y han sido  emplazados  quienes debieron reconocer esa acciòn...

    sera desistimiento de la acciòn... y hecha esta ...ya no puedes repetir el juicio...

    pero si no hay nadie emplazado...puedes desistir mde la instancia....

     

    "por este medio vengo a deistirme de la instancia  dentro del presente asunto, solicitando la devoluciòn de todos los documentos base d ela acciòn y certificaciones y documentos simples h¡que hubieran sido recibidos, , guardados en el secreto del juzgado o agregados al expediente principal en que se promueve."

    Lo anteror fundado en el artìculo 8 del Pacfo Federal...

    PROTESTO LO NECESARIO.

    LA FECHA

    LA FIRMA...