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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Abril de 2011 21:10 2011-04-01 21:10 desde IP: 187.144.24.61
que es desistir de una instancia....???????
si ya hubo movimiemto en el proceso y han sido emplazados quienes debieron reconocer esa acciòn...
sera desistimiento de la acciòn... y hecha esta ...ya no puedes repetir el juicio...
pero si no hay nadie emplazado...puedes desistir mde la instancia....
"por este medio vengo a deistirme de la instancia dentro del presente asunto, solicitando la devoluciòn de todos los documentos base d ela acciòn y certificaciones y documentos simples h¡que hubieran sido recibidos, , guardados en el secreto del juzgado o agregados al expediente principal en que se promueve."
Lo anteror fundado en el artìculo 8 del Pacfo Federal...
PROTESTO LO NECESARIO.
LA FECHA
LA FIRMA...
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