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  • Consulta : 107758
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 217708

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Va de nuevo:

    En el régimen intermedio pueden inscribirse las personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales, incluyendo de bienes y servicios) no excederán de $4’000,000.00 y que tengan necesidad de expedir comprobantes fiscales a sus clientes (facturas en las que se desglose el IVA).

    El régimen de pequeños contribuyentes es para aquellas personas que únicamente realicen operaciones con el público en general (es decir, que no proporcionen facturas a sus clientes en las que se desglose el IVA), que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales) mas intereses del año no excederán de $2’000,000.00.