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  • Consulta : 107657
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 217537

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, no procede la acción que pretendes. Puedes interpelar judicialmente al deudor a fin de que reconozca la deuda, pero basta con que la niegue y se acabe todo.

    No tienes documentos que avalen el préstamo, tienes testigos; el deudor también los tendrá,  para rebatir tu dicho.