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AutorRespuesta No: 217537
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Fecha de respuesta: Jueves 31 de Marzo de 2011 22:31 2011-03-31 22:31 desde IP: 189.137.190.176
No, no procede la acción que pretendes. Puedes interpelar judicialmente al deudor a fin de que reconozca la deuda, pero basta con que la niegue y se acabe todo.
No tienes documentos que avalen el préstamo, tienes testigos; el deudor también los tendrá, para rebatir tu dicho.
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