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AutorRespuesta No: 217382
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Marzo de 2011 13:29 2011-03-30 13:29 desde IP: 189.136.53.132
Consultante:
No tiene consecuencias juridicas el hecho de que ustedes esten casados, tu esposo tiene un derecho natural de convivir con su hijo.
En cuanto a la pensión, se determina en base a las posibilidades de quien debe otorgarla y a las necesidades de quien debe recibirla, es un porcentaje del salario, lo design el juez.
Caabe señalar que su marido no tiene obligación alguna de acudir a la cita del DIF, pero es su deber como padre el ministrarle alimentos a su hijo, en lugar de esperar una demanda de pensión alimenticia.
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