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  • Consulta : 107263
  • Autor : MARTINA
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  • Autor
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  • MARTINA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No, no lo puede hacer sin una orden judicial, como su esposo era viudo, tenía en su tiemoi que hacer el intestado de la difunta en su favor y de los hijos, por lo que el 75% era de su esposo y el 25% de los hijos reconocidos por la difunta y su entonces pareja, para que la hija pueda reclamar los bienes que le correspondieran de su difunta mamá tendría que iniciar los intestados de ambos a menos que su esposo haya realizado testamento, si así fue hay que iniciar el juicio testamentaria, si no es así inicie el de intestado con usted como esposa superstite y todos los hijos reconocidos de su esposo, contrate un abogado de su confianza he inicie los trámites correspondientes a efecto de empezar a arreglar los trámites, por lo que hace a la hija de su esposo, si llega a molestarla, decentemente dígale que cuando le presente una orden judicial usted hará lo que legalmente proceda y si se pone necia, llame a una patrulla para que la retiren de su casa, solamente de palabra no puede hacer nada y para tener un nombramiento de albacea mínimo y si se apuran unos tres meses, asesorese de un buen abogado y defina su situación.