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  • Consulta : 107247
  • Autor : lic olivero s
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  • Autor
    Respuesta No: 217385

  • lic olivero s
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Respetable brujamaruja:

     

    El Registro Público de la Propiedad y Comercio se rige por 9 principios rectores, a saber:

    1.- Principio de publicidad; 2.- Principio de legitimación; 3.- Principio de rogación; 4.- Principio de consentimiento;

    5.- Principio de prelación o prioridad; 6.- Principio de calificación; 7.- Principio de inscripción; 8.- Principio de

    especialidad; y, 9.- Principio de tracto sucesivo,

    mismos que deben ser cumplidos por dichas oficinas registrales; por ello el interés de saber qué trámite está usted

    realizando ahí para orientarle de mejor manera.

     

    Gracias y quedamos a sus órdenes.