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AutorRespuesta No: 217148
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Marzo de 2011 17:49 2011-03-28 17:49 desde IP: 189.200.186.2
Puede hacerse la operación mediante la traslación de la Nuda Propiedad a favor de usted, con reserva del Usufructo Vitaliciopara su tía.En el caso de la reserva de dominio no es lo aplicable porque reservarse el dominio es retener la propiedad, y en estahipótesis,lo que se quiere es que el predio no quede intestado una vez que ella muera, amén de garantizarle con dicho UsufructoVitalicio, una vida de disfrute y goce del predio hasta el último día de su vida.
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