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AutorRespuesta No: 217112
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Marzo de 2011 14:04 2011-03-28 14:04 desde IP: 189.216.170.84
Los alimentos son de interés social y nada tienen que ver con la sociedad conyugal, además de que el vehículo sigue perteneciendo a esa sociedad conyugal con o sin divorcio, todo lo que Usted adquiera le pertenecer a su cónyuge en un 50%. Usted debe demandar los alimentos de la menor de inmediato y dejar de hacer caso a personas que no sean abogados titulados.
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