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  • Consulta : 107205
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 217112

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Los alimentos son de interés social y nada tienen que ver con la sociedad conyugal, además de que el vehículo sigue perteneciendo a esa sociedad conyugal con o sin divorcio, todo lo que Usted adquiera le pertenecer a su cónyuge en un 50%. Usted debe demandar los alimentos de la menor de inmediato y dejar de hacer caso a personas que no sean abogados titulados.