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AutorRespuesta No: 217140
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Marzo de 2011 16:26 2011-03-28 16:26 desde IP: 189.186.80.25
Antes de poder dar una respuesta adecuada a su consulta, es necesario que precise, a que se refiere con "...me fui de la empresa..."
¿Presentó su renuncia?
¿Dejó de asistir sin aviso ni justificación?
¿Que es lo que pretende demandar?
Si pretende demandar indemnización constitucional por despido injustificado, o reinstalación por la misma causa o rescisión de la relación del trabajo sin responsabilidad para el trabajador, me temo decirle que ya no puede hacerlo, pues en el caso del despido injustificado el derecho a demandar prescribe (caduca) a los dos meses, y en el caso de la rescisión en un mes, por lo que a lo que aún tendría derecho de reclamar es a las prestaciones devengadas (ganadas como salarios, vacaciones y prima vacacionel y aguinaldo), que no se le hubieren cubierto aún. y tiene de plazo para hacerlo un año a partir de que la obligación se haga exigible (del momento en que se le debió cubrir dicha prestación)
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