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  • Consulta : 107087
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 216955

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguido leonalex

    La declaración Judicial y reconocimiento de la PATERNIDAD y vinculo consanguíneo que le une con su hijo, constituye un nuevo estado civil y es irrevocable y le permitirá que lleve  el menor su nombre, y extingue los vínculos jurídicos con el supuesto padre actual.

    Por lo que a partir del reconocimiento, usted adquiere la patria potestad es decir el conjunto de las facultades que suponen también deberes conferidas a quienes las ejercen (padres, abuelos, adoptantes, según los casos) destinadas a la protección de los menores no emancipados en cuanto se refiere a su persona y bienes

    Y tendrá la obligación de proporcionarle alimentos  (medicinas, ropa calzado, libros, estudios, etc etc.) durante varios y largos años a su hijo mínimo hasta que termine sus estudios profesionales.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx