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  • Consulta : 107025
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 216871

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si ya fue la audiencia de ley... y no presentaste pruebas... ya perdiste....y nada hay que hacer...desde luego que no le tocan 90 dias..... es el concepto de la mitad del tiempo trabajado cuando este es menor a un año de servicios....mas aguinaldo...vacaciones y prima vacacional proporcionales....ya que la relación de trabajo se da por el solo hecho de que tu le dejes trabajar.... y le pagues... si hay subordinación y hay un dinero.... hay relación de trabajo... no un contrato de trabajo.... una relación de trabajo....urge un abogado laborista en este asunto a tu favor... deja de hacerle al cuento en consultas... busca un abogado....