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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Marzo de 2011 10:59 2011-03-26 10:59 desde IP: 189.217.232.241
Distinguido Consultante
Tiene que contratar un abogado y este determinara la acción a intentar, como acertadamente le comento el Forista Garovalo (le envió un cordial saludo) puede ser otorgamiento y firma de escritura y el rebeldía el juez Firmara su escritura y su abogado le comentara más a detalle cómo puede salvar los obstáculos
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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