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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Marzo de 2011 00:05 2011-03-26 00:05 desde IP: 189.217.103.242
Distinguido Consultante
Tu asunto es muy sencillo, contrata un abogado y el tramitara el otorgamiento y firma de escritura y en caso de negativa el C. Juez firmara la escritura.
El abogado sabrá como emplazar a quien corresponda, usted no se preocupe.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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