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AutorRespuesta No: 216726
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Marzo de 2011 21:11 2011-03-25 21:11 desde IP: 187.195.15.94
Abogaditojose:
Si me ilustra como promueve una controversia del “””-orden civil alimentos….?????????-“””, se lo agradecería mucho, toda vez que el Código de Procedimeitos Civiles del Estado de México, claramente lo ubica en el derecho familiar,
Por cierto la tesis que relaciono, no es de 1993, sino del 2008, y a como usted ve las cosas, estamos apunto de una Contradicción de Tesis ante la Suprema Corte
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Reglas de las controversias
Artículo 5.1.- Las controversias sobre el estado civil de las personas y del derecho familiar, se tramitarán de acuerdo
con las reglas que se señalan en este Libro, y en lo no previsto, con las del Libro Segundo de este ordenamiento.
Controversias
Artículo 5.2.- Se sujetarán a estas controversias:
I. Las que se susciten con motivo de alimentos, guarda y custodia, convivencia, régimen patrimonial, patria potestad,
parentesco, paternidad, nulidades relativas a esta materia, divorcio necesario y las demás relacionadas con el derecho
familiar;
II. Las relativas al estado civil de las personas; y
III. La petición de herencia después de la adjudicación respectiva.
Quedan exceptuadas, las controversias relacionadas con el derecho sucesorio.
SALUDOS
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