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AutorRespuesta No: 216781
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Marzo de 2011 10:48 2011-03-26 10:48 desde IP: 189.217.232.241
Distinguido Consultante
Usted carece de acción y/o derecho para demandar alimentos, a la persona que usted considera que es su padre, aun acreditando su entroncamiento con dicha persona, porque en su caso concreto y con la información que usted proporciona, usted solo pretende dinero de dicha persona y a sus 27 años usted debiera ser auto suficiente para no depender de sus padres y no se encuentra imposibilitada para buscar su propio sustento.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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