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  • Consulta : 106502
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 216160

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tu contrato es la escritura pública, lo que hace el Notario es elevar y darle la formalidad requerida al contrato privado de compraventa y convertirlo en escritura pública, se te va a expedir un testimonio y quedará inscrito a tu favor  en el Registro Público de la Propiedad que corresponda.

    No tienes mayor problema.