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Fecha de respuesta: Martes 22 de Marzo de 2011 09:49 2011-03-22 09:49 desde IP: 189.152.85.181
GAROVALO... Si se acredita la ignorancia inculpable..., se acredita una excluyente de responsabilidad entonces No Hay pena
Y no digas que es por ZONA es por derecho art. 25 fracc XII CODIGO PENAL DE QUERETARO:_ y existe correlativo en N.L.
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