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  • Consulta : 106311
  • Autor : tuamigoabogado
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguida Consultante

    Usted puede registrar al menor con el acta de matrimonio y quedara protegido

    Los efectos básicos de la filiación son:

    1. El derecho a los apellidos, que es el derecho a que el origen familiar luzca en las señas de identidad.
    2. El derecho a los alimentos
    3. Los derechos sucesorios.

     Luego demande el divorcio  necesario argumentando, la desatención del menor incluso la falta del mismo en el momento del registro del hijo.

    Recuerde que los padres pueden ser privados de la patria potestad cuando incumplen los deberes que se derivan de misma y siempre por sentencia judicial tras la tramitación del correspondiente juicio.

    Los padres también pueden ser privados o suspendidos del ejercicio de la patria potestad cuando su conducta ponga en peligro la formación de los menores o incapaces o cuando se les trate con una dureza excesiva, lo que implica no sólo fuertes castigos físicos sino toda clase de actos que supongan crueldad o abuso.

    También puede conducir a la privación la patria potestad, la falta del ejercicio de los derechos y, principalmente, de los deberes que comporta la misma.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

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