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  • Consulta : 106248
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 215834

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Bueno las visitas domiciliarias son medios a traves de los cuales la autoridad ejerce sus facultades de comprobacion para verificar que los contribuyentes esten cumpliendo con sus obligaciones fiacales tanto sustantivas como formales. Deben de estar presedidas por una orden de visita que establezca a quien van dirigidas y lo que ha de inspeccionarse de otra forma no tendran facultad para revisar. Una vez levantada el acta debe ser firmada por el visitado y dos testigos y se concede un plazo para que el interesado manifieste lo que a su derecho convenga. Una vez hecho esto se dicta resolucion