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  • Consulta : 106178
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 245753

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Doctor

     Vinculado con el derecho a la intimidad, se encuentra el secreto profesional, que es al que se encuentran obligadas determinadas personas (médicos, abogados, instituciones financieras, contadores, sacerdotes, entre otros), quienes no pueden divulgar la información, cuyo conocimiento hubieran tenido en el ejercicio de sus actividades profesionales, respecto de otros.

     

    En ese sentido, aquel que conozca de cierta información con motivo del ejercicio profesional, no puede ser obligado, a rendir testimonio sobre tal información, salvo que el titular de la misma le autorice para ello.

     

    La protección de la intimidad del menor en el ámbito sanitario esta tutelado no solo en México sino en casi todo el Mundo, los adolescentes tienen derecho a que guarde el secreto hasta tanto no este en riesgo la salud o la vida del menor.

     

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx