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AutorRespuesta No: 215709
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Marzo de 2011 18:37 2011-03-18 18:37 desde IP: 189.146.137.136
BUENAS TARDES:
Con respecto a su asunto, NO ES POSIBLE que se le de una parte proporcional de ese bien inmueble toda vez que si usted tiene escrituras y documentos públicos que acrediten que en realidad usted lo adquirió antes del matrimonio, por lo tanto no es procedente que reclame la liquidacion de ese bien.
Si usted levanta el acta por abandono de hogar, le beneficia como prueba para que no pretenda adjudicarse bienes que usted haga posterior al abandono, asi mismo sería una prueba dentro de un procedimiento legal que quisiera iniciar usted como en divorcio por ejemplo.
Ortiz Rubio Legal Abogados
Especialistas en Derecho Familiar
Lic. Valeria Ortiz Rubio /Lic. Lizeth Ruiz Garay. México, D.F. Tels. 4201 9327 / 49830259 / 5534591509.
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