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  • Consulta : 106175
  • Autor : ortizrubiolegal
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  • Autor
    Respuesta No: 215709

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    BUENAS TARDES:

    Con respecto a su asunto, NO ES POSIBLE que se le de una parte proporcional de ese bien inmueble toda vez que si usted tiene escrituras y documentos públicos que acrediten que en realidad usted lo adquirió antes del matrimonio, por lo tanto no es procedente que reclame la liquidacion de ese bien.

    Si usted levanta el acta por abandono de hogar, le beneficia como prueba para que no pretenda adjudicarse bienes que usted haga posterior al abandono, asi mismo sería una prueba dentro de un procedimiento legal que quisiera iniciar usted como en divorcio por ejemplo.

     

    Ortiz Rubio Legal Abogados

    Especialistas en Derecho Familiar

    Lic. Valeria Ortiz Rubio /Lic. Lizeth Ruiz Garay. México, D.F. Tels. 4201 9327 / 49830259 / 5534591509.

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