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AutorRespuesta No: 215602
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2011 23:34 2011-03-17 23:34 desde IP: 189.152.11.57
Para tramitar la continuacion voluntaria ya paso el tiempo determinado por ley que son cinco años a partir de la baja, ahora lo que puede hacer es para reactivar sus derechos es darse de alta en el regimen obligatorio (patron) y cotizar cuando menos 52 semanas.
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