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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2011 13:03 2011-04-18 13:03 desde IP: 189.178.34.39
Estimado Cruz:
La DEMANDA no se ADMITIÓ a trámite por que el JUZGADO DE CHILPANCINGO era INCOMPETENTE para conocer de su asunto, en consecuencia, el plazo de prescripción continúa corriendo y únicamente fue interrumpido durante el lapso en que se tramito el procedimiento conciliatorio ante la CONDUSEF.
La materia de SEGUROS al ser un área del derecho muy especializada no es del dominio del común de los abogados, por lo cual, de manera frecuente atendemos ASEGURADOS que desperdiciaron su tiempo asesorandose con ABOGADOS que desconocían la especialidad y por consiguiente no les pudieron brindar una solución pronta y adecuada a su problema.
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