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  • Consulta : 105678
  • Autor : alejandrofday
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  • Autor
    Respuesta No: 215232

  • alejandrofday
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    lo importante no es tanto el año en que firmo el pagare, sino la fecha en que se vencia dicho pagare?? pues a partir de ahi comenzara a contar el tiempo para la prescripcion, pues si lo firmo en el 2003 para pagar en el 2009, se encuentra la persona a quien se lo firmo en tiempo para presentar un ejecutivo o si lo firmo sin fecha de vencimiento, seguro lo rellenara??  le agradeceria pusiera la fecha de pago del citado pagare, y como refiere la respuesta que antecede si no tiene bienes no tiene de que preocuparse y si tiene bienes (vehiculos, casas, terrenos) pues paselos a nombre de otra persona, para que no puedan embargarle nada, y la mejor opcion siempre es la conciliacion, busque un buen areglo y pague lo que le prestaron.

     

    saludos