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  • Consulta : 105678
  • Autor : ZETH
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  • Autor
    Respuesta No: 215227

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    hola consultante, no puede un abogado embargarle nada,  tendra que iniciar un juicio ordinario mercantil,  en el cual le demande,  si es algo de dinero sumandole los intereses, por lo contrario si le llegan a demandar y usted tiene bienes susceptibles de embargo crealo que si lo embargarian, por otro lado, si usted no tiene  bienes embargables, despreocupese, le queda aguantar 2 años mas para que prescriba su deuda,  asi que, animo.... y si cambia su situacion, no cree que es justo pagar algo que le prestaron y que ya disfruto?,   piense que pasaria si a usted le debieran....