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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Marzo de 2011 23:43 2011-03-14 23:43 desde IP: 189.230.144.68
hola consultante, no puede un abogado embargarle nada, tendra que iniciar un juicio ordinario mercantil, en el cual le demande, si es algo de dinero sumandole los intereses, por lo contrario si le llegan a demandar y usted tiene bienes susceptibles de embargo crealo que si lo embargarian, por otro lado, si usted no tiene bienes embargables, despreocupese, le queda aguantar 2 años mas para que prescriba su deuda, asi que, animo.... y si cambia su situacion, no cree que es justo pagar algo que le prestaron y que ya disfruto?, piense que pasaria si a usted le debieran....
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