Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 105675
  • Autor : ZETH
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 1438
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6730
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 215231

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola consultante,  el regresar la averiguacion previa con el articulo 36 es porque la mismoa averiguacion previa es oscura, o sea qu faltan elementos necesarios para dar la consignacion  por parte del juez, cabe oportuno preguntar de la violacion que ocurrio hace 2 años, que tiempo transcurrio para que usted denunciara?, por lo que hace al dictamen del medico legista en que sentido fue este? se determino que si existia lesion en su cavidad?,  si los elementos  resultan negativos, esto quiere decir que la pericial salio en sentido negativo, estamos ante la imacion ante negativa o sea que no basta con la simple imacion para determinar la culpabilidad por consecuencia se regresa la averiguacion previa me imagino que esta en delitos sexuales, para que se siga integrando,   en caso contrario que ya no haya mayores elementos que aportar  de su parte y de investigacion por parte del MP,  este tendra destino de NEAP (NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL) con respecto de sus testigos y de usted, si de odría iniciar una denuncia por  el delito de falsedad ante autoridad, realmente  le dire que su caso es delicado, y muchas veces es importante  que usted como victima hable con toda la honestidad, si realmente se cometio el delito, que tiempo transcurrio, si hay pruebas, testigos, etc...  y que no trate de meter al tambo a un mortal...    saludos