Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 105308
  • Autor : ferlex21
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 618
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 237062

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Debes cumplir con la obligacion de ministrar los respectivos alimentos de acuerdo a tu capacidad economica o bien como ya te ha escrito otro forista, mediante la consignacion de los mismos ante un juzgado y que la madre de tu hijo(a) los recoga previa identificacion; el no cumplir con dicha obligacion se tipifica como delito, es mejor que lo hagas para no tener problemas en lo futuro.