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  • Consulta : 105300
  • Autor : abogado leon
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  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    MARTIN: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec estado de México: Artículo: 133.- De la Ley Federal del Trabajo "Queda prohibido a los patrones" Fracción IX.- Emplear el sistema de "poner en el índice" a los trabajadoresque se separen ó sean separados del tranbajo para que no se les vuelva a dar ocupación.

    No hay que dejar de de observar que de las PROHIBICIONES señaladas en dicho Artículo de la Fracción I a la XI, hay algunas que son "letra muerta" como la que nos ocupa "poner en el indice", bueno, como ya lo comentaron los COLEGAS que me anteceden, muchas de las veces "nosotros" cooperamos, pues ponemos en el "curriculum" a la ultima empresa en que trabajamos, y que se está tratando de ponerle en su jechu.

    Pues claro que aquella se comunica con la otra, y Sopas ! ! ! ! no le des chamba porque me quiere pegar! ! ! !

    No mencione a dicha empresa y verá que de VOLADA va a encontrar chamba. Dígales, a donde vaya a buscar chamba vengo de Michoacan, y la empresa que trabajaba la cerraron sin avisarnos, que se yo, invente, algo que sea creible. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !

    Estimados colegas participantes, SALUDOS Y UN ABRAZO.