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  • Consulta : 105148
  • Autor : tuasesorlegal.mty
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  • Autor
    Respuesta No: 214572

  • tuasesorlegal.mty
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Al fallecer el responsable del accidente s extingue unicamente la accion penal en su contra por el daño en propiedad ajena culposo, la civil de pago de daños debe plantearse contra la sucesion del difunto.-