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  • Consulta : 105025
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 214470

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1...inicia acciòn penal por el delito de incumplimiento de pago de pensiòn por los ultimos 5 años....para ti y para tu hija....

    2...pide copia certificada de todo lo actuado penalmente....

    3.- inicia acciòn civil/familiar de pago y aseguramiento de pensiòn alimenticia...guarda y custodia de menor....perdida de patria potestad....

    4...clao que el hombre puede iniciar incidente de junta de menores para que tu hija decida con quien se va a ir a vivir...esto es posible a partir de los 12 años en adelante...si tu hija no dice que quiere vivir contigo... tendra que irse a vivir con el en forma legal y definitiva hasta la mayoria de edad....

    5...tu hija debe tomar conciencia que si no te ha hecho nada en 5 años... menos ahora....y debe decidir irse a vivir contigo o continuar viviendo contigo...

    6...tu abogado sabe que hacer... nada de esto lo puedes hacer sin un abogado....apurate...muevete... en el juzgado te dicen quien es el bueno...`pregunta al secretario de acuerdos quien pùede ser tu abogado especialista den derecho familiar....