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  • Consulta : 104973
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 214401

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Usted fue objeto de un despido injustificado, y en conecuencia, lo que debe hacer es demandar a la empresa.

    El despido injustificado, porque con independencia de la falta que se le haya atribuido en el acta administrativa que le fue levantada, en caso de que ello hubiera sido causa para qur se le rescindiera su contrato de trabajo sin responsabilidad para el patrón, éste, al momento de separarlo del servicio y dar por terminada la relación laboral, debió entregarle un aviso escrito,en el que le indicara la fecha de la rescisión y la causa o causas de la misma, con la cita de las disposiciones legales que prevén la justificación de dicho despido.

    Debe asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie los trámites legales necesarios, mediante la presentación de la demana, la que deberá enderezar, tanto en contra de la outsourcing que lo contrató como de la empresa que recibía sus servicios, a las que deberá reclamarles el pago de las siguientes prestaciones:

    Indemnización constitucional, consistente en tres meses desalario; prima de antigüedad, consistente en doce díaspor cadaaño de servicios prestados, o parte proporcional, prestación que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área geográfica en que se ubique la empresa ($ 119.64 diarios);

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicio prestado, o proporcional al tiempo trabajado si su antigüedad era menor a un año;

    Aguinaldo proporcional al tiempo trabajado en el 2011; y en caso que no le hubieren pagado el correspondiente al 2010;

    Sueldos y prestaciones ordinarias devengadas y no pagadas al momento de despedirlo, y

    Salarios caídos, desde la fecha del despido, hasta el día que el patrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.

    No firme ningún documento a la empresa, ni renuncia, ni finiquito, ni liquidación, ni convenio, ni ninguno otro del cual pueda desprenderse que no lo despidieron sino que ustd es quien voluntariamente dio por terminada la relación de trabajo.

    La demanda debe presentarla antes de que transcurran dos meses, a partir de la fecha en que fue despedido.