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  • Consulta : 104673
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 214076

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En repuesta a su consulta, le informo.

    Dado que su conducta deshonesta e improba, constituye la comisión de un ilícito sancionado con pena corporal, lo más recomendable es que llegue a un arreglo con el patrón, y celebre un convenio escrito en que se establezca la forma y términos en que usted lepagará el dinero de que dispuso indebidamente, ya que de no hacerlo, correel riesgo que presenten en su contra la denuncia o querella ante el agente del Ministerio Público, y éste integra la averiguación y la consigna ante el Juez Penal correspondiente, seguramente se librará en su contra la orden de aprehensión y se verá privado de su libertad personal, sometido a un proceso penal en el que le condenarán a sufrir una pena de prisión y, además, a pagar la reparación del daño proveniente de delito y la multa que señale el Código Penal respectivo.