- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 104529
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 213912
-
Fecha de respuesta: Sábado 05 de Marzo de 2011 13:10 2011-03-05 13:10 desde IP: 187.194.22.254
la reparaciòn dl daño no prescribe....
la condena penal se cumple....y sale libre...
pero ello no imñlica que no se haga la reparciòn civil del daño y se embarguen bienes para ese fin...
-
Autor





