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  • Consulta : 104085
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 213262

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ulloa88:

    Me permito saludarte muy cordialmente y hacerte notar que tu respuesta me parece fuera de lugar, ya que lo que me parece más sensarto es que el consultante solicite le informen por escrito cuál es el fundamento legal del requerimiento de la autoridad delegacional, y mientrasespera la respuesta, que busque y consiga prestado ó alquilado el famoso triturador en algún bar ya establecido, luego de que le otorguen la licencia de funcionamiento lo podrá reintegrar al propietario, en la inteligencia de que lo pueda conseguir cada vez que sea necesario...