- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 104085
- Autor : Primus Tribunus
- Consultas en Foro: 14
- Respuestas en Foro: 2384
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6726
-
: 22 % -
: 77 %
-
AutorRespuesta No: 213262
-
Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Marzo de 2011 14:21 2011-03-02 14:21 desde IP: 189.136.95.106
ulloa88:
Me permito saludarte muy cordialmente y hacerte notar que tu respuesta me parece fuera de lugar, ya que lo que me parece más sensarto es que el consultante solicite le informen por escrito cuál es el fundamento legal del requerimiento de la autoridad delegacional, y mientrasespera la respuesta, que busque y consiga prestado ó alquilado el famoso triturador en algún bar ya establecido, luego de que le otorguen la licencia de funcionamiento lo podrá reintegrar al propietario, en la inteligencia de que lo pueda conseguir cada vez que sea necesario...
-
Autor





